FASE 2. ORDEN MINISTERIAL SND 414/2020, DE 16 DE MAYO


ESQUEMA FASES

Os remitimos la última publicación del BOE, la ORDEN MINISTERIAL SND 414/2020, de 16 de mayo, que aborda la normativa relacionada con la FASE 2 de la siguiene fase de la desescalada. (En Navarra continuamos en Fase 1 hasta nuevo aviso)

Al mismo tiempo os hacemos llegar un pequeño esquema de las fases para una mejor comprensión.

La Órden Ministerial incluye modificaciones de órdenes anteriores y aborda, entre otros, los siguientes puntos que a continuación os enumeramos:

 

  1. Continuaremos con la limitación de movilidad a nivel regional/provincial
  2. Actividad Física no profesional hasta 70 años (libertad horaria salvo 10-12 horas y 19-20 horas, reservadas para mayores de 70 años)
  3. Los comercios podrán realizar Acciones Promocionales, eso sí, evitando aglomeraciones.
  4. Se podrán celebrar Ceremonias Nupciales (50% aforo, máximo 100 personas al aire libre/50 en espacios cerrados).
  5. Reapertura Centros y Parques Comerciales.
  6. Nuevas condiciones para establecimientos comerciales. (40% aforo)
  7. Nuevas medidas para los establecimientos de hostelería y restauración. (consumo en el local con 40% aforo)
  8. Reapertura zonas comunes Hoteles y Alojamientos Turísticos (1/3 aforo)
  9. Reapertura Bibliotecas y salas de exposición
  10. Reapertura Piscinas Recreativas (30% aforo)
  11. Empresas turismo activo, actividades hasta 20 personas.
  12. Condiciones desarrollo actividad cinegética, caza y pesca recreativa (se permiten)

 

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

 

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

 

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

 

NOVEDADES ERTES Y OTRAS MEDIDAS DE DEFENSA DE EMPLEO 13 MAYO


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Estimad@ client@,

El BOE de hoy, publica el Real Decreto Ley 18/2020, de 12 de mayo, que incluye medidas sociales en defensa del empleo.

Como resumen de la norma, podemos establecer los siguientes puntos:

 

  • ERTES FUERZA MAYOR TOTAL
    1. Desde el 13 de mayo continuarán en situación de fuerza mayor derivada del COVID-19, las empresas que teniendo un ERTE de fuerza mayor basado en el art. 22 del Real Decreto-Ley 8/2020, no pudieran reiniciar su actividad.
    2. Dichos ERTES podrán continuar mientras duren las causas y como máximo hasta 30 de junio de 2020
    3. Se mantendrán (mayo y junio) las exoneraciones de cotizaciones sociales (100% para Pymes)

 

  • ERTES FUERZA MAYOR PARCIAL (nuevo concepto)
    1. Empresas que tengan un ERTE de fuerza mayor autorizado, pero que puedan recuperar parcialmente su actividad (máximo 30 junio)
    2. La incorporación de las personas trabajadoras la decidirá la empresa en la proporción que necesitara en base a su actividad, primando los ajustes VÍA REDUCCIÓN JORNADA
    3. Exoneraciones de cotización a la Seguridad Social para Pymes:
      1. PARA LOS TRABAJADORES QUE REINICIEN ACTIVIDAD
        1. Mayo: 85%
        2. Junio: 70%
      2. PARA LOS QUE CONTINUEN EN ERTE
        1. Mayo: 60%
        2. Junio: 45%

 

  • RENUNCIAS ERTES Y VARIACIONES
    1. Las Empresas deben comunicar a la autoridad laboral la renuncia total al ERTE, suspensión o regularización, previa comunicación al SEPE
    2. Igualmente debe comunicarse la finalización del ERTE respecto a la totalidad o a una parte de las personas afectadas.

 

  • ERTES POR CAUSAS ECONÓMICAS, TÉCNICS, ORGANIZATIVAS Y/O PRODUCTIVAS
    1. Podrán tramitarse durante la vigencia de los ERTES de fuerza mayor derivada del COVID-19
    2. Si se solicitan entre el 13 de mayo y el 30 de junio, se les aplicará el procedimiento abreviado del art. 23 del Real Decreto Ley 8/2020

 

  • REPARTO DE DIVIDENDOS Y TRANSPARENCIA FISCAL
    1. Las empresas con domicilio fiscal en paraísos fiscales no podrán acogerse a los ERTES de fuerza mayor regulados en esta ley.
    2. Las sociedades mercantiles que se acogieran a los ERTES de fuerza mayor establecidos en la ley, no podrán proceder al REPARTO DE DIVIDENDOS correspondientes al ejercicio fiscal en el que se apliquen los ERTES. (excepto si devuelven cuotas exoneradas)

 

  • COMPROMISO MANTENIMIENTO EMPLEO
    1. Los seis meses en los que la empresa debe mantener el empleo se computan desde la fecha de reanudación de la actividad, entendiendo como tal la reincorporación al trabajo efectivo de las personas afectadas por el ERTE.
    2. No resultará de aplicación el compromiso de mantenimiento del empleo para aquellas empresas que presenten riesgo de CONCURSO DE ACREEDORES.
    3. Si se incumple el compromiso de mantenimiento de empleo, REINTEGRO de la totalidad d elas cotizaciones exoneradas + recargos + intereses de demora.

 

  • PROHIBICIÓN DE DESPEDIR
    1. Se mantiene hasta el 30 de junio de 2020 la prohibición de extinción del contrato de trabajo o despido por fuerza mayor o causas objetivas.

 

 

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

 

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

 

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

 

FASE 1, NORMATIVA PLAN NUEVA NORMALIDAD


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En el día de hoy se ha publicado un BOE Extraordinario que incluye la Orden Ministerial SND/399/2020 de 9 de mayo, que regula la FASE 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. (os adjuntamos el texto oficial)

 

La orden surtirá efectos desde las 00.00 del día 11 de mayo de 2020.

 

Al tratarse de un texto denso, vamos a exponeros un resumen por capítulos y artículos las temáticas y sectores abordadas para que podáis encontrarlas con mayor facilidad:

 

  • CAPÍTULO I: Disposiciones generales (páginas 4-6)
    1. 1: Objeto
    2. 2: Ámbito de Aplicación
    3. 3: Fomento medios no presenciales trabajo
    4. 4: Medidas higiene y prevención para personal trabajador
    5. 5: Medidas prevenir riesgo coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral
    6. 6: Medidas higiene exigibles a las actividades previstas en la orden

 

  • CAPÍTULO II: Flexibilización de medidas de carácter social (páginas 6-8)
    1. 7: Libertad de circulación (toda la provincia)
    2. 8: Velatorios y entierros
    3. 9: Lugares de culto

 

  • CAPÍTULO III: Condiciones reapertura al público de ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIO MINORISTA y prestaciones de servicios asimilados (páginas 8-11)
    1. 10: Reapertura establecimientos y locales (<400 metros sala venta y expo.)
    2. 11: Medidas higiene exigibles
    3. 12: Medidas higiene y prevención para el personal trabajador
    4. 13: Medidas higiene para clientes
    5. 14: Medidas en materia de aforo

 

  • CAPÍTULO IV: Condiciones reapertura terrazas de establecimientos de HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN (páginas 11-12)
    1. 15: Reapertura y “concepto de terrazas al aire libre” (2 paredes máx.)
    2. 16: Medidas higiene y prevención en prestación de servicio terrazas

 

  • CAPÍTULO V: Servicios y prestaciones en materia de servicios sociales (página 12)
    1. 17: Servicios y prestaciones en materia de servicios sociales

 

  • CAPÍTULO VI: Condiciones Reapertura Centros Educativos y Universitarios (página 13)
    1. 18: Reapertura centros educativos
    2. 19: Medidas de higiene y prevención en los centros
    3. 20: reapertura centros y laboratorios universitarios

 

  • CAPÍTULO VII: Medidas Flexibilización en materia de ciencia e innovación (páginas 14-15)
    1. 21: Reapertura gradual instalaciones científico técnicas
    2. 22: Celebración seminarios y congresos científicos o innovadores

 

  • CAPÍTULO VIII: Condiciones reapertura al público de las bibliotecas (páginas 15-16)

 

  • CAPÍTULO IX: Condiciones reapertura al público de museos (páginas 16-17)

 

  • CAPÍTULO X: Condiciones desarrollo producción y rodaje obras audiovisuales (páginas 18-19)

 

  • CAPÍTULO XI: Apertura locales y establecimientos ACTOS Y ESPECTÁCULOS CULTURALES (páginas 19-21)

 

  • CAPÍTULO XII: Condiciones desarrollo actividad deportiva profesional y federada (págs. 21-24)
    1. 38. Centros alto rendimiento
    2. 39. Desarrollo entrenamiento Ligas Profesionales
    3. 40. Medidas comunes para ambos
    4. 41. Apertura Instalaciones deportivas al aire libre
    5. 42. Actividad deportiva individual con cita previa en centros deportivos
    6. 43. Caza y pesca deportiva
  • CAPÍTULO XIII: Apertura al público de HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS (páginas 24-26)
    1. 44. Apertura hoteles y alojamientos turísticos
    2. 45. Medidas higiene y prevención exigibles
    3. 46. Medidas higiene y prevención clientes

 

  • CAPÍTULO XIV: ACTIVIDADES DE TURISMO ACTIVO Y NATURALEZA
    1. 47. Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta 10 personas, POR EMPRESAS REGISTRADAS DE TURISMO ACTIVO (VER ARTÍCULO)

 

**** IMPORTANTE****** Actividad física no profesional al aire libre: permitida, en las franjas horarias establecidas y una vez al día.

 

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

 

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

 

RENTA NAVARRA: OBTENCIÓN CÓDIGO PIN


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Apenas llevamos 24 horas de campaña de renta y patrimonio y una de las principales cuestiones que nos planteais es la de la obtención del CÓDIGO PIN.
Si no lo teneis o lo habeis perdido, podeis obtenerlo al instante si contais con:
– Tarjeta Sanitaria de Navarra
– Fecha de Nacimiento
Es muy sencillo y en un momento, podeis conseguirlo.
Con ello, podreis acceder a vuestra base de datos en Hacienda de Navarra junto con dni.
Si teneis problemas, por supuesto podeis contactarnos!

CAMPAÑA RENTA Y PATRIMONIO


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CAMPAÑA RENTA Y PATRIMONIO 2019

 

¿Cómo lo haremos nosotr@s?

  1. Ya estamos descargando las bases de datos obrantes en Gobierno de Navarra sobre sus datos fiscales. Nos pondremos en contacto con vosotr@s.

 

  1. También puedes ponerte en contacto con tu gestor@ habitual.

 

  1. Puedes solicitarnos CITA PREVIA (para atención preferentemente telefónica, videoconferencia o mail)

 

Para quienes lo necesitaran, estamos habilitando una sala específica para atención presencial cumpliendo con todos los requisitos e indicaciones sanitarias en materia de prevención del COVID-19.

C/ San Andrés nº8, Estella (Navarra)

Tfno. 948 55 26 00 – Móvil (Whats app) 636035957

Mail: acyse@acyse.com

www.acyse.com

PRESTACIONES EXTRAORDINARIAS CESE ACTIVIDAD (AUTONOM@S) Y PREGUNTAS FRECUENTES DESESCALADA


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Están siendo numerosas las cuestiones relativas en los últimos días, especialmente en el día de hoy, sobre diversas materias:

1. Prestaciones Extraordinarias por Cese Actividad de Autónomos (tanto por actividad suspendida como por pérdida de facturación)

  • Os hemos adjuntado un pequeño esquema resumido de las situaciones que podemos encontrarnos actualmente sobre las prestaciones ya solicitadas.
  • Como normal general, todas las prestaciones tramitadas y resueltas favorablemente correspondientes al mes de marzo, se extienden también al mes de abril de manera automática y sin tener que realizar un nuevo procedimiento.
  • Para aquell@s que no cumplían con el requisito de la pérdida de facturación del 75% o más respecto a la media mensual del semestre anterior, ahora en mayo pueden solicitar su prestación teniendo en cuenta la facturación del mes de abril respecto a la media de los seis meses anteriores. (solicitud hasta 31 mayo)
  • Entre los últimos días de abril y primeros de mayo realizarán los abonos correspondientes a las prestaciones

 

2. Cobro de Cuotas de autónomos si ya nos han concedido la prestación

  • Para aquell@s autónom@s que hubieran recibido resolución favorable de su prestación durante el mes de abril, se hizo saber por parte de la administración que no se les iba a cargar la cuota de autónomos. Pero nos estamos encontrando con que numerosos clientes habeis obtenido resolución favorable de la prestación e incluso os la han abonado anteriormente o ahora, pero os han realizado el cargo de la cuota de abril.
  • No debería haber sido así, pero esperaremos unos días a que se pronuncie la Tesorería. (comprobar vuestras cuentas bancarias)

Sobre la devolución de las cuotas de marzo, según expuso la tesorería anteriormente, en torno a mediados de mayo se procedería a su devolución prorrateada (seguramente media cuota).

 

3. Reapertura de establecimientos y locales de actividad

  •  En la medida de lo posible, intentaremos mantener la calma, puesto que las normas que sustentan la “vuelta a la normalidad o nueva normalidad” son recientes (concretamente de ayer por la tarde) y seguramente en los próximos días tengamos novedades al respecto. Os las haremos saber en cuanto las conozcamos y analicemos con detenimiento, como hemos procedido a realizar hasta la fecha.

 

4. Plan de desescalada del Estado de Alarma

  • Las cuestiones que afectan a las consultas relacionadas a cada fase del plan de desescalada del Estado de Alarma son numerosas, de diversa índole y sobre todo, variables en función del devenir de la situación. Por ello, hemos creído conveniente haceros llegar dos pequeñas guías actualizadas:
    • Preguntas Frecuentes Plan Transición hacia la Nueva Normalidad (GOBIERNO ESTATAL, Ministerio Sanidad) ENLACE DESCARGA
    • Preguntas Frecuentes sobre medidas no sanitarias derivadas del covid-19 (GOBIERNO DE NAVARRA) ENLACE DESCARGA

 

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

CRITERIO DE APLICACIÓN SOBRE SUSPENSIÓN Y REDUCCIÓN DE JORNADAS LABORALES DURANTE LA FASE DE DESCONFINAMIENTO


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Os adjuntamos el Criterio Interpretativo de la Dirección General de Trabajo sobre la aplicación de los ERTEs durante la fase de desconfinamiento, publicado hoy por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. (DESCARGA DOCUMENTO OFICIAL)

Este criterio aclara el retorno a la actividad a partir del lunes permitiendo a las empresas que están en un ERTE de fuerza mayor que incorporen parcialmente a la actividad a sus trabajadores o en jornadas reducidas.

Las empresas que estuviesen aplicando las medidas de suspensión o reducción de jornada pueden renunciar a las mismas, de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva según vayan desapareciendo las razones vinculadas a la fuerza mayor. Igualmente será posible alterar la medida suspensiva inicialmente planteada y facilitar el tránsito hacia las reducciones de jornada, que suponen un menor impacto económico sobre la persona trabajadora y permitirán atender a la paulatinamente creciente oferta y demanda de productos y servicios de las empresas.

De igual modo, os dejamos un enlace de preguntas frecuentes para empresas sobre trámites relacionados la situación excepcional motivada por el COVID-19: http://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/preguntas-frecuentes-empresas.html

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

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MORATORIA COTIZACIONES SOCIALES SEGURIDAD SOCIAL


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Hoy, casi un mes después de la publicación de medidas urgentes mediante Boletín Oficial de 1 de abril, en el que se mencionaba en el art.34 la MORATORIA EN EL PAGO DE COTIZACIONES SOCIALES, se ha publicado la Orden Ministerial que desarrolla dicha moratoria. (ENLACE DESCARGA para su conocimiento, al igual que un esquema para su mejor comprensión)

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La Orden Ministerial tiene SORPRESAS, y solamente las empresas pertenecientes a los sectores identificados con los siguientes CNAES podrán acogerse a las moratorias (sin intereses) en el pago de cotizaciones sociales:

119 (Otros cultivos no perennes).

129 (Otros cultivos perennes).

1812 (Otras actividades de impresión y artes gráficas).

2512 (Fabricación de carpintería metálica).

4322 (Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado).

4332 (Instalación de carpintería).

4711 (Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco).

4719 (Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados).

4724 (Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados).

7311 (Agencias de publicidad).

8623 (Actividades odontológicas).

9602 (Peluquería y otros tratamientos de belleza).

 

Os recordamos que, para poder acogerse tanto a la moratoria como a los aplazamientos de Seguridad Social, HAY QUE PROCEDER A SU SOLICITUD. No es automático. (dentro de los 10 primeros días del mes)

Enlace FAQS Seguridad Social: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/897e30db-3172-4528-987f-ab1ffde1b8e7/ed13c2a7-72fb-4831-83b5-7c597923e568/5e520087-dc2f-4375-9221-43a9fdb62658

Os dejamos enlace a nuestra web de la noticia y preguntas frecuentes de moratorias y aplazamientos que os hicimos llegar anteriormente:

https://www.acyse.com/medidas-apoyo-al-autonom-seguridad-social-rd-112020/

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NOVEDADES ÁMBITO LABORAL Real Decreto Ley 15/2020. MEDIDAS URGENTES


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Medidas urgentes ÁMBITO LABORAL RD 15-2020

Os hacemos llegar un pequeño resumen de algunas de las novedades de índole laboral que en los últimos días se han producido como consecuencia de la publicación del Real Decreto Ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.

  • APLAZAMIENTO de pago de las deudas con la Seguridad Social.
  • Teletrabajo y ajuste jornada
  • Ampliación ámbito ERTE’S
  • Suspensión plazos Inspección Trabajo y Seg. Social
  • Régimen Sancionador prestaciones indebidas

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

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MORATORIA ARRENDAMIENTOS PARA PYMES Y AUTÓNOM@S (NO VIVIENDA)


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El Real Decreto Ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, publicado ayer 22 de abril de 2020, reúne multitud de normas entre las que destacamos y abordamos mediante el presente mail:

 

MEDIDAS PARA REDUCIR LOS COSTES DE PYMES Y AUTÓNOM@S, relacionadas con la moratoria y/o aplazamiento de los arrendamientos (no vivienda).

DESCARGAR: NOTA RESUMEN ARRENDAMIENTOS (NO VIVIENDA) RD 15-2020 22ABRIL

Por ello, y dada la trascendencia que presenta, os hemos elaborado un pequeño resumen de la situación teniendo en cuenta la tipología del arrendador (propietari@) y el arrendatari@ (inquilin@).

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

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