CRITERIO DE APLICACIÓN SOBRE SUSPENSIÓN Y REDUCCIÓN DE JORNADAS LABORALES DURANTE LA FASE DE DESCONFINAMIENTO


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Os adjuntamos el Criterio Interpretativo de la Dirección General de Trabajo sobre la aplicación de los ERTEs durante la fase de desconfinamiento, publicado hoy por el Ministerio de Trabajo y Economía Social. (DESCARGA DOCUMENTO OFICIAL)

Este criterio aclara el retorno a la actividad a partir del lunes permitiendo a las empresas que están en un ERTE de fuerza mayor que incorporen parcialmente a la actividad a sus trabajadores o en jornadas reducidas.

Las empresas que estuviesen aplicando las medidas de suspensión o reducción de jornada pueden renunciar a las mismas, de manera total o parcial, respecto de parte o la totalidad de la plantilla, y de forma progresiva según vayan desapareciendo las razones vinculadas a la fuerza mayor. Igualmente será posible alterar la medida suspensiva inicialmente planteada y facilitar el tránsito hacia las reducciones de jornada, que suponen un menor impacto económico sobre la persona trabajadora y permitirán atender a la paulatinamente creciente oferta y demanda de productos y servicios de las empresas.

De igual modo, os dejamos un enlace de preguntas frecuentes para empresas sobre trámites relacionados la situación excepcional motivada por el COVID-19: http://www.sepe.es/HomeSepe/COVID-19/preguntas-frecuentes-empresas.html

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.


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