REAL DECRETO-LEY 28/2020, TRABAJO A DISTANCIA


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Hoy miércoles, día 23 de septiembre de 2020, se publica en el BOE el Real Decreto-ley 28/2020, de 22 de septiembre, de trabajo a distancia.

  1. La propia norma original publicada en el BOE (pulsando sobre el texto, acceso directo)

 

  1. Un pequeño resumen elaborado por la CEOE (Confederación Española de Organizaciones Empresariales),Contenidos Acuerdo Trabajo a Distancia

 

  1. Un enlace a una pequeña guía con las principales cuestiones FAQS que pueden surgir: https://www.google.com/url?sa=t&rct=j&q=&esrc=s&source=web&cd=&cad=rja&uact=8&ved=2ahUKEwj1pfDYvv_rAhVMXsAKHUV5BB8QFjAKegQIARAB&url=https%3A%2F%2Fwww.lavanguardia.com%2Feconomia%2F20200923%2F483632173473%2Fguia-practica-teletrabajo-segun-nueva-ley.html&usg=AOvVaw3zsR4bpeyi0P63GvGtEGpO

 

Este Real Decreto, además de establecer la regulación específica del teletrabajo, (hasta la fecha inexistente en España y que resultaba necesaria dado el uso extensivo de esta forma de trabajo debido a la crisis sanitaria de la COVID-19), incluye entre otras cuestiones las siguientes medidas:

  • Disposición final quinta. Modificación de la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. Se prevé la posibilidad de establecer otros medios de identificación a los solicitantes de certificados cualificados, distintos de la presencia física.

 

  • En el Real Decreto-ley se contempla también la prórroga para el Plan MeCuida hasta el 31 de enero de 2021.

 

  • Disposición adicional séptima. Tipo impositivo aplicable del IVA a las entregas, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de bienes necesarios para combatir los efectos del COVID-19.Se mantiene hasta el 31 de octubre de 2020 la aplicación de un tipo del cero por ciento del Impuesto sobre el Valor Añadido a las entregas interiores, importaciones y adquisiciones intracomunitarias de material sanitario para combatir la COVID-19, cuyos destinatarios sean entidades públicas, sin ánimo de lucro y centros hospitalarios, que, hasta el 31 de julio de 2020, estuvo regulada en el artículo 8 del Real Decreto-ley 15/2020, de 21 de abril, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo. De esta forma, se extiende su plazo de vigencia para garantizar la respuesta del sistema sanitario en la segunda fase de control de la pandemia una vez ya iniciado el periodo de nueva normalidad.

 

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

 

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

 

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

 

 

EL EQUIPO DE ACYSE ASESORES & CONSULTORES


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