DUDAS HABITUALES PREMIOS DE LOTERÍA DE NAVIDAD Y TRIBUTACIÓN HACIENDA


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️‼️️ LOTERÍA DE NAVIDAD, ¿CUÁNTO TRIBUTA? ¿CÓMO? ¿QUÉ PARTE ESTÁ LIBRE DE IMPUESTOS?️‼️
Apuntar, que mañana es 22 de diciembre y os puede tocar la LOTERÍA ??

 

1) La cuota íntegra del gravamen especial se determinará aplicando a la base imponible el tipo fijo del 20 %.
2) La base imponible del gravamen especial estará formada por el importe del premio que exceda de la cuantía exenta.

3) Estarán exentos del gravamen especial los premios cuyo importe íntegro sea igual o inferior a 40.000 euros, mientras que los premios cuyo importe íntegro sea superior a 40.000 euros estarán sujetos al gravamen especial por la parte que exceda de dicho importe.

 

Ejemplos prácticos PREMIOS LOTERÍA DE NAVIDAD
1) Ejemplo 1: Supongamos que el próximo día 22 de diciembre de 2020 te toca un cuarto premio, que premia a cada décimo a 20.000,00 euros, ¿qué tributación tendría el premio?
Solución: Ninguna. Para los juegos celebrados en 2020, el importe exento está en 40.000,00 euros.

 

2) Ejemplo 2: Ahora, supongamos que el próximo día 22 de diciembre de 2020 te toca un segundo premio, que premia a cada décimo a 125.000,00 euros, ¿qué tributación habría que realizar?

 

Solución: Habrá que imputar el 20% sobre la parte que excede al importe exento de tributación:

Importe exento: 40.000,00 euros.

Importe sujeto a tributación: 125.000,00 – 40.000,00 = 85.000,00 euros.

Cuota a pagar a Hacienda: 85.000,00 x 20% = 17.000,00 euros.

Importe total a cobrar = 108.000,00 euros.

 

*Recordar, que este pago de 17.000,00 euros a Hacienda, lo hará directamente el organismo de Loterías, reteniendo e ingresando directamente al ganador los 108.000,00 euros.

 

Declaración de la Renta: El contribuyente no deberá declarar este premio en su declaración de IRPF.

Cobro del premio. A la hora de cobrar el premio de la lotería, los ganadores deberán identificarse, presentando una hoja de comunicación de datos. En caso de existir cotitularidad en el premio, todos los titulares, deberán ir a cobrarlo o dar permiso a un representante para que realice el cobro. La cantidad exenta, en caso de cotitularidad será la misma, que será prorrateado entre el número de ganadores.

Los datos a aportar para el cobro del premio serán:

  • DNI/NIE o Pasaporte.
  • Nombre y apellidos.
  • Domicilio Fiscal.
  • En caso de premio compartido, porcentaje que corresponde a cada ganador.

 

¡¡¡¡¡¡¡Mucha suerte a tod@s!!!!!

 

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

 

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

 

Para cualquier duda, podéis contactar con nosotr@s.

 

Un saludo

 

 

EL EQUIPO DE ACYSE ASESORES & CONSULTORES


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