BON EXTRAORDINARIO NAVARRA. MEDIDAS COVID DESDE 17 DICIEMBRE-NAVIDADES


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Gobierno de Navarra acaba de emitir un BON EXTRAORDINARIO 16 DE DICIEMBRE DE 2020 en el que se establecen dos importante medidas normativas que, a continuación os dejamos resumidos y con enlace directo a la norma oficial:

  1. DECRETO FORAL DE LA PRESIDENTA DE LA COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA 29/2020, de 14 de diciembre, por el que se establecen en la Comunidad Foral de Navarra las medidas preventivas para contener la propagación de infecciones causadas por el SARS-CoV-2.
  • VIGENCIA: 17 de diciembre de 2020 al 14 de enero de 2021 (ambos incluidos)
  • Mantenimiento limitación libertad circulación entre las 00 y las 06.00 horas, salvo preceptos establecidos (laborales, sanitarios y otros).
  • Se exceptúan las noches del 24 al 25 de diciembre y la del 31 de diciembre al 1 de enero de 2021 en las que se permite la circulación entre las 23.00 y las 01.30, para el retorno a casa después de las cenas navideñas.
  • Grupos máximos 6 personas, incluyendo convivientes o no.
  • Reuniones con familiares y allegados durante el 24, 25 y 31 de diciembre y 1 enero 2021, máximo 10 personas, con límite 2 unidades convivenciales (salvo grupos superiores que compongan una unidad convivencial).
  • Para el desplazamiento durante el 23 y 26 de diciembre y 30 y 2 de enero, con origen y/o destino fuera de la comunidad Foral de Navarra, necesario modelo declaración responsable cumplimentado (os lo adjuntamos)

 

2)      ORDEN FORAL 63/2020, de 14 de diciembre, de la Consejera de Salud, por la que se adoptan medidas específicas de prevención, de carácter extraordinario, para la Comunidad Foral de Navarra, como consecuencia de la evolución de la situación epidemiológica derivada del COVID-19.

  • VIGENCIA: DEL 17 DE DICIEMBRE AL 30 DE DICIEMBRE (ambos incluídos)
  • Algunas medidas aprobadas:
    • HOSTELERIA Y RESTAURACIÓN: se permite consumo en el interior con un 30% de aforo máximo. No se permite el consumo en barra. Terrazas: meseas 4 personas máximo (llegando a 6 personas si se cumplen requisitos distancia). Horario máximo 22 horas para el cierre. 22.30 para servicio a domicilio y recogida en el establecimiento.
    • HOTELES: 50 % aforo máximo. ALBERGUES: 30% aforo máximo
    • COMERCIO MINORISTA Y ACTIVIDADES Y SERVICIOS: 50% aforo máximo. Horario límite 21.00 horas.
    • HIPERMERCADOS, SUPERFICIES Y CENTROS/PARQUES COMERCIALES: 40 % aforo. 21 horas límite horario.
    • ACADEMIAS, AUTOESCUELAS Y CENTROS ENSEÑANZA NO REGLADA: 50 % aforo y límite 21 horas.
    • ACTIVIDADES DEPORTIVAS: desglose extenso en la norma. Cita previa necesaria y 21 horas como límite. Se permite competición y público con limitaciones.
      • En espacios cerrados: grupos máximos 6 personas y segñun marque el Instituto Navarro del Deporte. (15 PERSONAS si se cumplen condiciones)
    • CINES, TEATROS, CIRCOS Y OTROS: 50% aforo y 200 personas límite.
    • BINGOS, SALONES DE JUEGOS Y APUESTAS Y RECREATIVOS: 30 % aforo máximo. Límite 22 horas de horario.
    • SOCIEDADES GASTRONÓMICAS Y PEÑAS. Cerradas totalmente.

 

 

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

 

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

 

Para cualquier duda, podéis contactar con nosotr@s.

 

Un saludo

 

 

EL EQUIPO DE ACYSE ASESORES & CONSULTORES


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