FASE 1, NORMATIVA PLAN NUEVA NORMALIDAD


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En el día de hoy se ha publicado un BOE Extraordinario que incluye la Orden Ministerial SND/399/2020 de 9 de mayo, que regula la FASE 1 del Plan para la transición hacia una nueva normalidad. (os adjuntamos el texto oficial)

 

La orden surtirá efectos desde las 00.00 del día 11 de mayo de 2020.

 

Al tratarse de un texto denso, vamos a exponeros un resumen por capítulos y artículos las temáticas y sectores abordadas para que podáis encontrarlas con mayor facilidad:

 

  • CAPÍTULO I: Disposiciones generales (páginas 4-6)
    1. 1: Objeto
    2. 2: Ámbito de Aplicación
    3. 3: Fomento medios no presenciales trabajo
    4. 4: Medidas higiene y prevención para personal trabajador
    5. 5: Medidas prevenir riesgo coincidencia masiva de personas en el ámbito laboral
    6. 6: Medidas higiene exigibles a las actividades previstas en la orden

 

  • CAPÍTULO II: Flexibilización de medidas de carácter social (páginas 6-8)
    1. 7: Libertad de circulación (toda la provincia)
    2. 8: Velatorios y entierros
    3. 9: Lugares de culto

 

  • CAPÍTULO III: Condiciones reapertura al público de ESTABLECIMIENTOS Y LOCALES COMERCIO MINORISTA y prestaciones de servicios asimilados (páginas 8-11)
    1. 10: Reapertura establecimientos y locales (<400 metros sala venta y expo.)
    2. 11: Medidas higiene exigibles
    3. 12: Medidas higiene y prevención para el personal trabajador
    4. 13: Medidas higiene para clientes
    5. 14: Medidas en materia de aforo

 

  • CAPÍTULO IV: Condiciones reapertura terrazas de establecimientos de HOSTELERÍA Y RESTAURACIÓN (páginas 11-12)
    1. 15: Reapertura y “concepto de terrazas al aire libre” (2 paredes máx.)
    2. 16: Medidas higiene y prevención en prestación de servicio terrazas

 

  • CAPÍTULO V: Servicios y prestaciones en materia de servicios sociales (página 12)
    1. 17: Servicios y prestaciones en materia de servicios sociales

 

  • CAPÍTULO VI: Condiciones Reapertura Centros Educativos y Universitarios (página 13)
    1. 18: Reapertura centros educativos
    2. 19: Medidas de higiene y prevención en los centros
    3. 20: reapertura centros y laboratorios universitarios

 

  • CAPÍTULO VII: Medidas Flexibilización en materia de ciencia e innovación (páginas 14-15)
    1. 21: Reapertura gradual instalaciones científico técnicas
    2. 22: Celebración seminarios y congresos científicos o innovadores

 

  • CAPÍTULO VIII: Condiciones reapertura al público de las bibliotecas (páginas 15-16)

 

  • CAPÍTULO IX: Condiciones reapertura al público de museos (páginas 16-17)

 

  • CAPÍTULO X: Condiciones desarrollo producción y rodaje obras audiovisuales (páginas 18-19)

 

  • CAPÍTULO XI: Apertura locales y establecimientos ACTOS Y ESPECTÁCULOS CULTURALES (páginas 19-21)

 

  • CAPÍTULO XII: Condiciones desarrollo actividad deportiva profesional y federada (págs. 21-24)
    1. 38. Centros alto rendimiento
    2. 39. Desarrollo entrenamiento Ligas Profesionales
    3. 40. Medidas comunes para ambos
    4. 41. Apertura Instalaciones deportivas al aire libre
    5. 42. Actividad deportiva individual con cita previa en centros deportivos
    6. 43. Caza y pesca deportiva
  • CAPÍTULO XIII: Apertura al público de HOTELES Y ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS (páginas 24-26)
    1. 44. Apertura hoteles y alojamientos turísticos
    2. 45. Medidas higiene y prevención exigibles
    3. 46. Medidas higiene y prevención clientes

 

  • CAPÍTULO XIV: ACTIVIDADES DE TURISMO ACTIVO Y NATURALEZA
    1. 47. Se podrán realizar actividades de turismo activo y de naturaleza para grupos de hasta 10 personas, POR EMPRESAS REGISTRADAS DE TURISMO ACTIVO (VER ARTÍCULO)

 

**** IMPORTANTE****** Actividad física no profesional al aire libre: permitida, en las franjas horarias establecidas y una vez al día.

 

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

 

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

 


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