APERTURA INTERIORES HOSTELERIA DESDE EL LUNES 17 DE MAYO


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La Orden Foral 16/21, de 14 de mayo, de la Consejera de Salud, publicada hace escasos minutos en el Boletín Oficial de Navarra (Extraordinario) y vigente desde las 00.00 del 17 de mayo (LUNES),  regula la apertura de interiores en hostelería y restauración hasta las 22 horas y ofrece dos opciones a los locales:

La primera, con carácter general:

  • permite el consumo en el interior de los establecimientos con licencia de bar especial, café espectáculo, bares, cafeterías y restaurantes
  • con un aforo del 30%
  • una distancia entre las mesas de 2 metros, medidos desde los extremos de las mismas.
  • consumo será siempre sentado en mesa, las barras podrán ser usadas por los clientes sólo para pedir y recoger su consumición y no se podrán superar los grupos de cuatro personas por cada una de ellas.
  • Excepcionalmente, se podrán aumentar a un máximo de seis cuando las dimensiones de las mesas o grupos de mesas permitan garantizar la distancia de seguridad interpersonal de 70 centímetros entre las personas.
  • Horario máximo cierre interiores 22.00 horas.

La segunda opción, voluntaria y para poder alcanzar hasta el 100 % de su capacidad (aforo), contará con OBLIGACIONES ESPECIALES

La otra vía abierta de cara a la apertura de interiores incluye la premisa de una ficha técnica y una declaración responsable presentada por los propietarios de los locales, en la que se comprometen a cumplir, además de con los requisitos generales previsto para todos los establecimientos,  con unos específicos para esta opción, más preventivos, modificándose el criterio del aforo, las distancias entre mesas y requiriéndose que el local cuente con un medidor de CO2. Siempre cumpliendo con una distancia y medidas de seguridad concretas: las mesas de los interiores deberán situarse en este caso a dos metros de distancia entre las sillas de las mismas (no entre mesas) y el número máximo de comensales por mesa será de 6 personas con una distancia de 70 centímetros entre comensales.

  • Además de las medidas estandarizadas, deberán cumplir:
  • ***Los locales que quieran adherirse a la opción de abrir interiores con capacidad Máxima deberán responder a otros criterios cualitativos como disponer de un medidor de CO2 que no deberá rebasar, en ningún momento, los 800 ppm (partes por millón) de concentración.
  • ***Estos establecimientos deberán presentar una declaración responsable de cumplimiento de los requisitos con una ficha técnica sobre el establecimiento. Este documento se tendrá que cumplimentar y enviar  a través de un formulariodigital, accesible desde el catálogo de trámites de es y del área profesional de la web de turismo. ENLACE DIRECTO https://www.navarra.es/es/tramites/on/-/line/declaracion-responsable-para-la-apertura-de-interiores-de-hosteleria-al-100

Una vez enviado el formulario (os adjuntamos la declaración responsable para rellenarla), por esta vía, el establecimiento podrá abrir con esas condiciones sin necesidad de recibir autorización por parte de la Administración.

**LIMITACIÓN DE HORARIOS, ACLARACIÓN

Por su parte, el horario de las terrazas de la hostelería está desde esta semana determinado por el Decreto ley foral 8/2020, de 17 de agosto, que establece que se producirá a las 01:00 horas como máximo, incluidas las labores de desalojo del establecimiento, sin que puedan admitirse nuevos clientes a partir de las 00:00 horas. Estos horarios sólo podrían modificarse si las entidades municipales contaran con una normativa específica que en todo caso fuera más restrictiva.

***Información de interés para los ESTABLECIMIENTOS TURÍSTICOS de Navarra sobre el Covid-19  https://www.navarra.es/home_es/Temas/Empleo+y+Economia/Sector+turistico/Coronavirus.htm

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda, podéis contactar con nosotr@s.

Un saludo y buen fin de semana.

EL EQUIPO DE ACYSE ASESORES & CONSULTORES


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