MORATORIA COTIZACIONES SOCIALES SEGURIDAD SOCIAL


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Hoy, casi un mes después de la publicación de medidas urgentes mediante Boletín Oficial de 1 de abril, en el que se mencionaba en el art.34 la MORATORIA EN EL PAGO DE COTIZACIONES SOCIALES, se ha publicado la Orden Ministerial que desarrolla dicha moratoria. (ENLACE DESCARGA para su conocimiento, al igual que un esquema para su mejor comprensión)

esquema moratoria

La Orden Ministerial tiene SORPRESAS, y solamente las empresas pertenecientes a los sectores identificados con los siguientes CNAES podrán acogerse a las moratorias (sin intereses) en el pago de cotizaciones sociales:

119 (Otros cultivos no perennes).

129 (Otros cultivos perennes).

1812 (Otras actividades de impresión y artes gráficas).

2512 (Fabricación de carpintería metálica).

4322 (Fontanería, instalaciones de sistemas de calefacción y aire acondicionado).

4332 (Instalación de carpintería).

4711 (Comercio al por menor en establecimientos no especializados, con predominio en productos alimenticios, bebidas y tabaco).

4719 (Otro comercio al por menor en establecimientos no especializados).

4724 (Comercio al por menor de pan y productos de panadería, confitería y pastelería en establecimientos especializados).

7311 (Agencias de publicidad).

8623 (Actividades odontológicas).

9602 (Peluquería y otros tratamientos de belleza).

 

Os recordamos que, para poder acogerse tanto a la moratoria como a los aplazamientos de Seguridad Social, HAY QUE PROCEDER A SU SOLICITUD. No es automático. (dentro de los 10 primeros días del mes)

Enlace FAQS Seguridad Social: http://www.seg-social.es/wps/portal/wss/internet/FAQ/897e30db-3172-4528-987f-ab1ffde1b8e7/ed13c2a7-72fb-4831-83b5-7c597923e568/5e520087-dc2f-4375-9221-43a9fdb62658

Os dejamos enlace a nuestra web de la noticia y preguntas frecuentes de moratorias y aplazamientos que os hicimos llegar anteriormente:

https://www.acyse.com/medidas-apoyo-al-autonom-seguridad-social-rd-112020/

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

NOVEDADES ÁMBITO LABORAL Real Decreto Ley 15/2020. MEDIDAS URGENTES


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Medidas urgentes ÁMBITO LABORAL RD 15-2020

Os hacemos llegar un pequeño resumen de algunas de las novedades de índole laboral que en los últimos días se han producido como consecuencia de la publicación del Real Decreto Ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo.

  • APLAZAMIENTO de pago de las deudas con la Seguridad Social.
  • Teletrabajo y ajuste jornada
  • Ampliación ámbito ERTE’S
  • Suspensión plazos Inspección Trabajo y Seg. Social
  • Régimen Sancionador prestaciones indebidas

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

 

LÍMITES PASEOS NIÑ@S DURANTE EL COVID-19


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Dada la importancia que ello conlleva, os hacemos saber que acaba de publicarse hoy sábado, 25 de abril, la ORDEN MINISTERIAL que establece las condiciones a seguir para los desplazamientos de la población infantil durante este período extraordinario de Estado de Alarma derivado del COVID-19.

Os dejamos un pequeño resumen a continuación:

  1. Vigencia y efectos  Desde las 00.00 del día 26 de abril de 2020, durante el Estado de Alarma y sus prórrogas.
  2. A quién afecta? niñ@s menores de 14 años
  3. ¿Qué desplazamientos se permiten? (LIMITACIONES)
    1. “Un paseo diario”  acompañados de un adulto “responsable”.
    2. Límites máximos
      1. 1 hora duración
      2. Entre las 9 y las 21 horas
      3. Hasta 1 km de distancia del domicilio
      4. Grupos máximos: 1 adulto y 3 niñ@s
      5. No podrán salir ni desplazarse aquell@s niñ@s que presenten síntomas
  4. Lugares permitidos
    1. Cualquier vía o espacio público, incluso espacio natural y zona verde, situada como máximo a 1 km de distancia del domicilio.
    2. NO permitido acceso a parques infantiles ni instalaciones deportivas.
  5.  Adulto responsable: Se entiende padre/madre/tutor@/persona que conviva/cuidador@/emplead@ hogar.

 

 

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

 

MORATORIA ARRENDAMIENTOS PARA PYMES Y AUTÓNOM@S (NO VIVIENDA)


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El Real Decreto Ley 15/2020, de medidas urgentes complementarias para apoyar la economía y el empleo, publicado ayer 22 de abril de 2020, reúne multitud de normas entre las que destacamos y abordamos mediante el presente mail:

 

MEDIDAS PARA REDUCIR LOS COSTES DE PYMES Y AUTÓNOM@S, relacionadas con la moratoria y/o aplazamiento de los arrendamientos (no vivienda).

DESCARGAR: NOTA RESUMEN ARRENDAMIENTOS (NO VIVIENDA) RD 15-2020 22ABRIL

Por ello, y dada la trascendencia que presenta, os hemos elaborado un pequeño resumen de la situación teniendo en cuenta la tipología del arrendador (propietari@) y el arrendatari@ (inquilin@).

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

CAMPAÑA RENTA Y PATRIMONIO 2019 NAVARRA


Sede de Economía y Hacienda

CAMPAÑA RENTA Y PATRIMONIO 2019 (6 mayo-20 julio)

Este año y por la situación excepcional derivada del COVID-19 Hacienda no va a prestar servicio de atención presencial para la elaboración de las declaraciones correspondientes.

FECHAS IMPORTANTES

Finales de abril (28-30) estará disponible la información fiscal del contribuyente.

6 de MAYO, comienzo de campaña (con limitaciones):

    1. Podrá comprobarse si se tiene propuesta de declaración
    2. Hacienda habilitará la campaña online
    3. Emitirá Guía INFORMATIVA

Devolución de propuestas con resultado a devolver: a partir 11 de mayo

Fin campaña: 20 julio

Pago:

  1. 20 de julio (si se ha optado por el pago en una sola vez);
  2. 20 de julio y 20 de noviembre si se opta por fraccionar el pago en dos ocasiones (recordemos que no hay intereses en esta opción).

Nuestro despacho profesional comenzará a partir del 6 de mayo con la campaña efectiva de la misma. Es recomendable que se fuera recopilando la información y documentación que consideren oportuna/relevante.

 Contacta con nosotr@s en: acyse@acyse.com

AYUDAS TRABAJADOR@S AUTÓNOMOS GOBIERNO DE NAVARRA


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Gobierno de Navarra ha publicado hoy, mediante Boletín Oficial, el DECRETO-LEY FORAL 3/2020, de 15 de abril, por el que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por la crisis sanitaria del coronavirus (COVID-19).

Con el fin de clarificaros la normativa referente a las AYUDAS A TRABAJADOR@S AUTÓNOM@S, hemos elaborado un esquema.  Si quieres obtenerlo, escríbenos: acyse@acyse.com

Se trata de un esquema provisional, puesto que hemos formulado varias consultas al Dpto. de Trabajo Auntónomo de Gob. de Navarra esta misma mañana tras analizar la normativa y observar que presenta algunos errores de redacción y que difiere respecto al borrador inicialmente aprobado. Conforme tengamos respuesta a las mismas, os lo haremos saber.

Toda esta información, así como la anterior, podéis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

 

SUSPENSIÓN OBRAS EN EDIFICIOS EXISTENTES (donde se encuentren personas no relacionadas con la ejecución de obra)


Acaban de publicar una nueva ORDEN MINISTERIAL mediante Boletín Oficial del Estado con importantes efectos, tanto para l@s empresari@s del sector de la construcción como para ustedes como posibles destinatarios de las mismas o afectados como usuarios y/o propietarios de un inmueble en el que se pudieran efectuar.

ENLACE DESCARGA: ORDEN MINISTERIAL BOE-A-2020-4424

Por ello, además de adjuntarles el documentos oficial, les reproducimos lo que dicha norma establece desde hoy:

Artículo único. Medidas excepcionales en materia de obras de intervención en edificios existentes

  • Se establece la suspensión de toda clase de obra que suponga una intervención en edificios existentes, en los supuestos en los que en el inmueble en el que deban ejecutarse se hallen personas no relacionadas con la actividad de ejecución de la obra, y que, debido a su ubicación permanente o temporal, o a necesidades de circulación, y por causa de residencia, trabajo u otras, puedan tener interferencia con la actividad de ejecución de la obra, o con el movimiento de trabajadores o traslado de materiales.
  • Se exceptúan de esta suspensión las obras referidas en el apartado anterior en las que, por circunstancias de sectorización del inmueble, no se produzca interferencia alguna con las personas no relacionadas con la actividad de la obra.
  • Asimismo, quedan también exceptuados los trabajos y obras puntuales que se realicen en los inmuebles con la finalidad de realizar reparaciones urgentes de instalaciones y averías, así como las tareas de vigilancia.

 

Disposición final única. Entrada en vigor. (desde el 12 de abril hasta nuevo aviso o fin de Estado de Alarma)

Esta orden entrará en vigor el día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado» y mantendrá sus efectos hasta la finalización de la vigencia del estado de alarma y sus posibles prórrogas, o hasta que existan circunstancias de salud pública que justifiquen una nueva orden modificando los términos de la presente.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

GUÍA EMPRESAS Y TRABAJADORES MEDIDAS PREVENCIÓN COVID-19


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El Ministerio de Sanidad ha emitido una breve guía con recomendaciones destinadas a protegerse del coronavirus de cara a la vuelta al trabajo en las actividades no esenciales.

ENLACE DESCARGA: GUIA-PARA-CENTROS-DE-TRABAJO-COVID-19.pdf

Se establecen recomendaciones:

  1. Antes de ir al trabajo
  2. Desplazamiento al trabajo
  3. En el centro de trabajo
  4. Medidas organizativas
  5. Recomendaciones para los emplead@s
  6. Medidas de higiene en el centro de trabajo
  7. Gestión de residuos
  8. Medidas para después del trabajo

 

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

FIN PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE ACTIVIDADES NO ESENCIALES Y AYUDAS AUTÓNOM@S GOBIERNO NAVARRA COVID-19


FIN PERMISO RETRIBUIDO RECUPERABLE ACTIVIDADES NO ESENCIALES (30 MARZO-9 ABRIL, ambos inclusive)

El Real Decreto Ley 10/2020 de 29 de marzo, establecía el permiso retribuido recuperable para las personas trabajadoras por cuenta ajena que no presten servicios esenciales, con el fin de reducir la movilidad de la población en el contexto de la lucha contra el COVID-19.

Como consecuencia de ello, las empresas comprendidas tanto en las actividades esenciales como las no esenciales podrán recuperar su actividad, salvo aquellas que se encontraran dentro de las actividades suspendidas mediante el Real Decreto Ley 463/2020, de 14 de marzo (se adjunta como medida aclaratoria nuevamente).

 LISTADO ACTIVIDADES SUSPENDIDAS DESDE 14 MARZO

Dicha alteración normativa no exime de obligación para que tanto emplead@s por cuenta ajena de la empresa como los emplead@s por cuenta propia (autónom@s) deban seguir portando el certificado exigible a efectos de desplazamientos.

 

AYUDAS AUTÓNOM@S GOBIERNO DE NAVARRA COVID-19

Gobierno de Navarra, mediante Boletín Extraordinario de 9 de abril ha publicado la Ley Foral 6/2020 por la que se aprueban medidas urgentes para responder al impacto generado por el COVID-19.

Enlace BON: https://bon.navarra.es/es/anuncio/-/texto/2020/76/0

Entra las medidas adoptadas, se hace mención en el artículo 19 a la creación de un fondo de ayudas directas para AUTÓNOM@S, cuyas condiciones abruptas detallamos ahora:

  • Importe será similar al pago de la cuota mensual a la Seguridad Social
  • Límite máximo de 650 €
  • Autónom@s con alta en el IAE en Navarra
  • Hayan visto mermada su facturación mensual, mínmo en un 30%, respecto a la media de los últimos 6 meses
  • REQUISITO INDISPENSABLE: presentar pago cuotas Seguridad Social marzo y abril 2020

Por tanto, suponemos que Gobierno de Navarra deberá proporcionar mayor información sobre dicha ayuda (compatibilidad con prestaciones y ayudas, periodo de solicitud máximo, documentación a presentar…). Pero de antemano entendemos que no será posible solicitarla hasta el 1 de mayo de 2020, como pronto.

No obstante, conforme vayamos teniendo más información al respecto os lo iremos comunicando. Toda esta información, así como la anterior, podeis encontrarla en nuestra web corporativa (noticias) y en las redes sociales.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.

Para cualquier duda o semejante, pueden contactar con nosotr@s.

ALQUILERES DE VIVIENDAS, NAVES INDUSTRIALES, LOCALES COMERCIALES Y OTROS INMUEBLES. COVID-19


 

DESCARGA: Nota Informativa Acyse Asesores ARRENDAMIENTOS

Una de las principales dudas planteadas durante el Estado de Alarma derivado de la crisis del Coronavirus (COVID-19) es la relacionada con los contratos de arrendamiento de viviendas, naves industriales, locales comerciales y oficinas.

Les adjuntamos un documento informativo que hemos elaborado para intentar despejar todas las dudas suscitadas al respecto, RECOMENDANDO SU LECTURA.

Para comenzar, a día de hoy (9 de abril de 2020), la normativa es muy densa y cada situación es concreta, pero a modo resumen:

Solamente existe posibilidad de solicitar al arrendador la suspensión o moratoria de los contratos de arrendamiento de VIVIENDA HABITUAL,

  • Siempre y cuando el arrendatario (inquilino) se encuentre en situación de vulnerabilidad económica (ver requisitos y condiciones),
  • Pero será el arrendador (propietari@) quien se reserva el derecho a decidir si admite o no esta solicitud (siempre que no se tratase de gran tenedor con 10 o más inmuebles o de empresa pública de vivienda, quienes tendrán obligación de admitirla),
  • El arrendatario podrá acceder al programa de ayudas transitorias de financiación aprobadas con el fin de abonar las rentas del arrendamiento de vivienda en las condiciones que fueron pactadas en el contrato privado.

Por otro lado, y más habitual en el mundo de los autónom@s y Pymes, se encuentran los contratos de arrendamiento de NAVES INDUSTRIALES, LOCALES COMERCIALES Y OFICINAS.

A día de hoy no se ha publicado ninguna norma que permita a los arrendatarios suspender el pago de las rentas de oficinas, locales comerciales, naves industriales u otros inmuebles distintos a la vivienda habitual, por tanto, deberían de respetarse (a priori) los pactos establecidos en los contratos de arrendamiento firmados y vigentes.

Es decir, de partida la propiedad del inmueble no presenta ninguna obligación tácita que le obligue a aplazar, condonar o reducir la renta pactada. (siempre que no se trate de una empresa pública o gran tenedor)

Pero se están produciendo tres situaciones habituales mediante negociación y acuerdo entre las partes:

  1. Condonación de la renta
  2. Reducción/modificación de la renta
  3. Aplazamiento del pago de la renta

Por supuesto, cada situación es completamente diferente y analizable, por lo que os recomendamos poneros en contacto con nosotr@s para estudiarla.

Confiando, como siempre, en que esta información le resulte de la mayor utilidad.